lunes, 23 de diciembre de 2013

El plagio y los derechos de autor

Este martes tratamos un tema muy conocido en todos los ámbitos, el plagio. Antes de comenzar la explicación en la EB, nos pusieron un vídeo introductorio titulado "¡Copiad, malditos!". En él se empezaba explicando que existe una propiedad intelectual en la que a su vez se encuentra la propiedad industrial y los derechos de autor. Estos derechos de autoría  de la integridad de la obra son intransferibles.

Uno de los fenómenos que usaban para ejemplificar esto en el vídeo es el caso de la piratería, especialmente en el mundo del cine. En EEUU han propuesto una alternativa: Netflix. Con Netflix, pagando diez dólares al mes, se puede ver un número ilimitado de series, películas, programas de televisión, etc.

Ante esta situación, aparece la Ley de propiedad intelectual, la cual protege el copyright aunque no se ponga nada. Creative Commons es una de las fórmulas jurídicas para las personas que no quieren someterse al copyright, y en ella hay seis opciones de licencia (reconocimiento, no permitimos obras derivadas, etc). En contraposición al copyright encontramos copyleft, una postura radical de mantenerse indiferente al copyright y que promueve que cada uno haga lo que quiera.

Probablemente, lo más difícil de esto es saber si plagiamos o no, y por ello, hemos de aprender a citar y parafrasear. ¡Apliquemos esto a nuestro trabajo!


(17/12/13)

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